LA RAZÓN
La ley es clara al respecto: siempre favorecerá el derecho del bien jurídico a proteger, es decir, el hijo.
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Ni la mujer ni el hombre pueden negarse a hacerse la prueba. Negarse implica para la ley reconocer que se está ocultando algo. Los abogados deben recomendar siempre hacérsela para evitar perder el juicio y pagar las costas.
Juan y Marta se conocieron en una fiesta de un amigo común y se gustaron. A los dos días quedaron para tomar el aperitivo y en menos de una semana la cosa prosperó de tal manera que se fueron a vivir juntos. Al cabo de un mes, Marta descubrió que estaba embarazada y así se lo comunicó a Juan que se sintió engañado puesto que ella le había asegurado que no podía tener hijos. El hijo nació 9 meses más tarde, la relación de Juan y Marta se rompió en la mitad del embarazo y ahora Juan le pide a Marta unas pruebas de paternidad porque quiere saber si es o no su padre biológico ya que, de serlo, tendrá que asumir su papel. Sin embargo Marta se niega a someterse a esa prueba.
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